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La caoba del Caribe, sea esta aserrada, chapada o contrachapada requiere para su exportación de un permiso CITES, y para obtenerlo se debe cumplir con los siguientes:
1. Generalidades del Ley del solicitante. 2. Constancia de inspección técnica para la exportación de madera del Instituto Nacional Forestal INAFOR, que incluye claramente la procedencia legal de la madera aserrada, lámina chapada o madera contrachapada, señalando que no fue adquirida en contravención con la legislación nacional forestal vigente y que en la misma está soportada un pan de manejo respectivo. Se debe de adjuntar la lista de empaque pertinente. 3. Factura de venta para exportación debidamente numerada, orden de trabajo en su caso y con pie de imprenta fiscal de venta con los requisitos legales pertinentes. No se aceptarán facturas de venta para exportación que no coincidan con el volumen consignado en la constancia de inspección técnica para la exportación de madera emitida por INAFOR. 4. PaÃs de destino 5. Puerto de salida de Nicaragua 6. Puerto de entrada al paÃs de destino.
Presentada la solicitud en debida forma y llenados los requisitos correspondientes, la Autoridad Administrativa CITES-NI otorgará el permiso de exportación en un plazo no mayor de ocho dÃas hábiles previo pago del arancel correspondiente. El exportador procederá a solicitar los otros documentos que acompañan al permiso CITES.  |

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